Seafarers boarding a ship in Melbourne port in 2022

Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006

"We are the one" by Jaemin Heo in Melbourne port in 2022 © ITF Seafarers’ Trust

El Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, en su versión enmendada (MLC, 2006), fue adoptado por la 94ª reunión (marítima) de la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) el 23 de febrero de 2006.

En este convenio se revisan y refunden 37 convenios existentes, así como las recomendaciones conexas. En él se emplea un nuevo formato con actualizaciones, si es necesario, para reflejar las condiciones y el lenguaje modernos. De esta manera, en este convenio de carácter general se contempla, en un único instrumento, los derechos de 1,5 millones de gente de mar de todo el mundo a gozar de condiciones de trabajo decentes en lo que atañe a la casi totalidad de los diversos aspectos de sus condiciones de trabajo y de vida, entre ellos, la edad mínima, los acuerdos de empleo, las horas de trabajo o descanso, el pago de salarios, vacaciones anuales pagadas, repatriación a término de contrato, atención médica a bordo, uso de servicios de contratación y colocación autorizados, alojamiento, alimentación y servicio de comidas, protección de la seguridad y la salud y prevención de accidentes, así como los procedimientos de tramitación de quejas de los marineros.

108

Estados Miembros de la OIT han ratificado el Convenio

96.6 %

del arqueo bruto de la flota mercante mundial representado por todas las ratificaciones

News and articles

Una nueva e importante serie de enmiendas al MLC, 2006 entrará en vigor el 23 de diciembre de 2024
Natural Beauty@Sea by Asif Ahmed Pasha, 2023

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Superar las barreras de género en el sector marítimo de Sri Lanka
Asitha Seneviratne

Historia de impacto

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Ongoing and upcoming events

Quinta reunión del Comité Tripartito Especial del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 (MLC, 2006)

Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, en su versión enmendada (MLC, 2006)

Quinta reunión del Comité Tripartito Especial del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 (MLC, 2006)

Un Convenio en continua revisión

El MLC, 2006 entró en vigor el 20 de agosto de 2013. Su Código se enmendó en 2014, 2016, 2018 y 2022.

Texto del Convenio sobre el trabajo marítimo y enmiendas

Texto del Convenio sobre el trabajo marítimo y enmiendas

Comité Tripartito Especial

En junio de 2013, el Consejo de Administración de la OIT estableció el Comité Tripartito Especial (STC), que tiene el mandato, en virtud del artículo XIII del MLC, 2006, de mantener la aplicación del Convenio bajo revisión continua.

En virtud del Convenio, el Comité está facultado para examinar y proponer a la Conferencia Internacional del Trabajo enmiendas al Código del Convenio, y también desempeña una importante función consultiva en virtud del artículo VII para los países que no cuentan con organizaciones nacionales de armadores o de gente de mar a las que consultar a la hora de aplicar el MLC, 2006.

Implementación, informes y control

Bases de datos marítimos

Base de datos sobre el MLC
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Base de datos sobre el MLC

Base de datos sobre los casos notificados de abandono de gente de mar
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Base de datos sobre los casos notificados de abandono de gente de mar

Documentos de identidad de la gente de mar

La versión enmendada del Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar (revisado), 2003 (núm. 185) entró en vigor el 8 de junio de 2017 e incorpora las últimas normas adoptadas por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). La expedición del nuevo documento de identidad de la gente de mar, con una tecnología similar a la utilizada en la actualidad en los pasaportes electrónicos, contribuye en gran medida a facilitar el acceso de la gente de mar a los permisos para bajar a tierra, traslado y tránsito, al tiempo que mejora la seguridad en los puertos y las fronteras, a través de la utilización de un documento seguro y reconocido internacionalmente.

El Convenio aporta una contribución esencial a la seguridad del transporte marítimo para luchar contra las amenazas terroristas, y en particular para responder a las necesidades de la gente de mar en tránsito o traslado para incorporarse a un buque, desembarcar en los puertos o ser repatriada. También facilita el acceso a las instalaciones y permiso en tierra, que es esencial para la salud y el bienestar general de la gente de mar, que a menudo permanece a bordo de su buque durante varios meses seguidos.

Actividades conjuntas OMI/OIT

Actividades conjuntas OMI/OIT